Se ha roto el grifo en casa, se ha estropeado el calentador, existen humedades por toda la casa… ¿Quién cubre el coste de todo esto?
¿Quién debe pagar las reparaciones en el alquiler de vivienda?
La Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 21 establece que serán responsabilidad de propietario de la vivienda todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, siempre que las averías no sean culpa de una mala utilización del inquilino.
Por consiguiente, el propietario tendrá que soportar la reparación de, por ejemplo, la caldera, la instalación de la luz, tuberías, etc., siempre que estas tengan un coste elevado. Como hemos dicho, siempre que la avería no sea consecuencia de un mal uso del inquilino.
Estas reparaciones incluirán también los electrodomésticos siempre y cuando estos estuvieran incluidos en el arrendamiento.
¿Pero siempre paga el propietario?
No. Las pequeñas reparaciones debidas al uso ordinario van a cargo del inquilino. Si se funde una bombilla, si se estropea el filtro de un grifo, etc., serán los inquilinos los que deban hacerse cargo.
Es cierto que en estas cosas nunca hablamos de negro o blanco y que existe una gran gama de grises, cada caso es un mundo y hay innumerable jurisprudencia sobre este tema. Si tienes alguna duda escríbenos a info@roaruiz.com o ponte en contacto con nosotros a través de Linkedin y Facebook.