Ibiza y Formentera

Muchas veces viene gente a nuestro despacho con problemas con el inquilino o con el propietario porque no han dejado las cosas claras en un principio. 

La mejor manera de evitarlo es invertir en un buen contrato de arrendamiento.


Ya empieza a asomar la temporada de verano. En unas semanas empezaremos a ver los edificios del puerto recibiendo una mano de pintura, las rotondas de Ibiza empezarán a llenarse de coches, y un ejército de trabajadores asaltará la isla. La mayoría de ellos compartirán piso y formalizarán un contrato de arrendamiento para uso distinto de vivienda. (Sí, los contratos verbales son contratos). Muchos de ellos ocuparán una habitación y ni tan siquiera firmarán un documento que demuestre el derecho con el que la ocupan.

Otros quizás, terminarán su contrato de temporada de invierno y recibirán la llamada del propietario «Oye, que tienes que dejarme la vivienda libre que se te acaba el contrato», y no sabrán, que quizás tienen derecho a quedarse durante la temporada de verano porque lo que han firmado no implica que el propietario tenga pueda a echarles de la casa.

Estos problemas surgen porque las partes interesadas (arrendador y arrendatario) no se han preocupado de la importancia del contrato de arrendamiento y de saber si lo que estaban firmando era válido o no.

No todo lo que firmas en tu contrato de arrendamiento es válido. Por eso es aconsejable visitar a un abogado para conocer hasta que punto lo que estás firmando es válido.

Para evitar problemas te damos cuatro consejos la hora de firmar el contrato de arrendamiento ya seas arrendador (propietario) o arrendatario (inquilino) para evitar que te tomen el pelo.

1- Las cosas son lo que son, no el nombre que se les da ¿Qué quiere decir esto? Que, por ejemplo, porque en el encabezado del contrato esté escrito «Alquiler de temporada» no significa que lo que se está firmando es eso. Puede ser que realmente estés firmando un contrato de arrendamiento de vivienda lo que supone que el inquilino tenga unos derechos a los que no puede renunciar. Para saber más sobre este asunto puedes leer este post sobre los distintos contratos de alquiler. Si tienes alguna duda, es mejor que vayas a tu abogado y le consultes. Puede que los 50 – 100 euros de la consulta te resulten muy baratas a futuro comparado con un procedimiento de desahucio o de reclamación de rentas impagadas. Da igual si eres propietario o inquilino. No todo lo que está en el papel podrá pedirse que se cumpla.

2- Si hay algún problema durante el tiempo del alquiler lo que vale es lo que está escrito en el contrato. No vale decir después: «Es que el inquilino me dijo que me pagaría la fianza en una semana, por eso firmé que se entregaba en el mismo momento de la firma del contrato», o «el propietario me dijo que me descontaría el coste de la reforma del baño de la renta». Es decir, nunca firmes nada que no sea cierto y nunca acuerdes cosas que van en contra de lo que está en el contrato salvo que lo hagas por escrito.

3- Nunca firmes nada sin ver el inmueble que vas a alquilar y, menos aun, no adelantes dinero sin haber firmado. ¿Quién no ha contactado con un propietario del inmueble por internet que le ha dicho: «Estoy fuera de la ciudad, págame y te enviaré las llaves a la dirección que me des»? o ¿a quien no le han pedido firmar el contrato antes de ver el piso? Por favor, no lo hagas. Por muy cara de buena gente que tenga la persona que tienes delante ¡No cometas esa insensatez! Si eres propietario lo mismo. Antes de firmar, conoce al inquilino y no entregues la vivienda hasta haber recibido la primera renta y la fianza. No firmes nunca que el contrato de alquiler es la «más fiel carta de pago» de la fianza si no te la están pagando en ese momento.

4- Asegúrate que quien firma el contrato tiene facultades para firmarlo. Si eres el inquilino y lo firmas directamente con le propietario que te enseñe una nota simple del Registro de la Propiedad donde aparezca que él es el dueño. Si lo firmas con la inmobiliaria que te muestre, además de la nota simple, la hoja de encargo firmada por el propietario y la copia de su documento de identidad. Si eres el propietario, deja claro que la vivienda es para quien firma el contrato y que en caso de problemas actuarás directamente contra esa persona.

Es cierto que nadie está libre de que le tomen el pelo, pero si sigues estos consejos seguro que te ahorras más de un disgusto.

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